Auto22 de octubre de 2009
A- de 2009
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
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Tema · dato duro
Seguimiento A La Sentencia T 1234 De 2008. La Corte Aprueba El Plan De Acción Presentado Por Cajanal Para La Descongestión Del Sistema.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Cajanal En Liquidacion
- Estado de cosas inconstitucional imperante en la entidad
Seguimiento A Cumplimiento De Fallo De Tutela De Cajanal En Liquidacion
- Aprobar Plan de Acción presentado por Cajanal
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (27 puntos)
- Primero. Aprobar el Plan de Accion presentado por Cajanal EICE en liquidacion, en los siguientes aspectos y de la manera como se puntualizan por la Sala:
- a. Se realizara el traslado oportuno y adecuado de los afiliados de CAJANAL a la Administradora del Regimen de Prima Media del Instituto de Seguro Social - ISS, en los terminos del articulo 4o del Decreto 2196 de 2009, de manera que las nuevas solicitudes puedan resolverse en los terminos de ley. Se consideran nuevas solicitudes las presentadas a partir del 26 de junio de 2009.
- b. Para las solicitudes represadas, se consideran tiempos razonables de respuesta, contabilizados a partir del momento en el que la solicitud estuvo completa, de manera que el termino que a continuacion se precisa viene corriendo desde entonces, los siguientes:
- Reconocimiento cualquier pension: 9 meses
- Reconocimiento 6 meses
- Notificacion 1 mes
- Inclusion en nomina 2 meses
- Indemnizacion sustitutiva: 10 meses
- Reconocimiento 7 meses
- Notificacion 1 mes
- Inclusion en nomina 2 meses
- Reliquidacion de cualquier pension: 10 meses
- Reconocimiento 7 meses
- Notificacion 1 mes
- Inclusion en nomina 2 meses
- Derechos de peticion: 3 meses
- Se reitera que los terminos indicados no se contabilizan desde la fecha del presente proveido, sino desde cuando la respectiva solicitud se haya presentado de manera completa. Al respecto debe precisarse que la entidad debe informar al interesado, a mas tardar, en un lapso de diez dias, cuales documentos o requisitos se requiere acompanar o satisfacer para que la documentacion se entienda presentada de manera completa.
- Cuando la notificacion se realice antes del tiempo estimado, el excedente se descontara del tiempo total.
- En cuanto al derecho de peticion, se entiende referido a situaciones distintas de las relacionadas de manera especifica y el plazo estimado se fija para la respuesta de fondo y definitiva, sin perjuicio de la obligacion de responder en 15 dias los asuntos que no requieran de un plazo adicional, o de informar sobre esa circunstancia y sobre el tiempo estimado de respuesta, dentro de esos mismos 15 dias.
- El anterior criterio se aplica para todos los plazos propuestos y la respuesta inicial se podra hacer a traves del formato incluido en el Plan de Accion, siempre que, en cada caso, se individualicen las condiciones de cada solicitante.
- Segundo. No se aprueban los plazos estimados para el reconocimiento y pago del auxilio funerario, de la sustitucion pensional y de la pension de sobreviventes, los cuales, mientras no sea presentado un nuevo estimado que se considere razonable por esta Sala, seran, para los efectos de lo dispuesto en la Sentencia T-1234 de 2008, los previstos en la ley.
- Tampoco se aprueba la aplicacion de los terminos previstos en el plan de accion a los fallos judiciales que reconozcan prestaciones a cargo de Cajanal lo cuales deberan cumplirse en los terminos en ellos previstos, de acuerdo con la ley.
- Tercero. CAJANAL EICE, en liquidacion, debera presentar a esta Sala informes bimensuales sobre el avance en la aplicacion del Plan. En el primer informe debera incluir:
- 3.1. La descripcion sobre la manera como se hizo la transferencia al ISS de sus afiliados cotizantes, asi como de los conocimientos sobre la forma de adelantar el proceso de sustanciacion de los actos administrativos de reconocimiento de pension de los mismos, y de los soportes para que tal proceso se realice cumplidamente.
- 3.2 Un inventario actualizado de las solicitudes represadas, discriminado por tipo de solicitud y por antiguedad de acuerdo con rangos trimestrales.
- 3.3. Una relacion sobre el avance en la atencion de las solicitudes represadas.
- 3.4. La identificacion precisa y detallada de los recursos necesarios para llevar a cabo el plan propuesto y de los instrumentos que se hayan dispuesto para la verificacion y control que permitan medir el avance, el estancamiento o el retroceso en la materia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.